Elegir broker: omnibus o nominativo

Recuerdo una conversación con un conocido que trabaja en uno de los grandes bancos de España. Le pregunté si sabía si las cuentas del broker de su banco eran nominativas o si por el contrario, eran ómnibus. No tenía ni idea, de hecho, tras indagar en el tema, no supo darme respuesta. Recurrí a otro conocido de otro gran banco español y la respuesta fue la misma: no sabían ni de lo que hablaba. ¡Y eso que ellos vendían el broker!

Lo cierto es que muchos inversores desconocen que existen estos dos tipos de cuentas:

Cuentas nominativas:

Las acciones están registradas directamente a tu nombre. La empresa en la que inviertes tiene registrados tus datos y podrá enviarte comunicaciones directamente.

Cuentas ómnibus o cuentas globales:

Las acciones no están a tu nombre. Están a nombre del broker y el broker tiene un apunte de las acciones que te pertenecen. Fuera del mercado español, aún no he encontrado un broker nominativo. Diría que no lo hay, al menos de los que ofrecen servicio online. Fuera de nuestro mercado parece una práctica común el utilizar cuentas ómnibus. Esto se hace para facilitar la gestión del broker y a consecuencia de ello, éste puede ofrecernos unas comisiones que normalmente son más bajas.


He de reconocer que este era uno de los temas que más me preocupaba a la hora de elegir broker. Estados Unidos es el mercado que más me gusta para nuestra estrategia por la cultura de trato al accionista minoritario que poseen. Es por ello que he estado investigando al respecto y hablando con abogados especializados en la materia. Uno de ellos llevando juicios de brokers quebrados en USA, UK y España con cuentas nominativas y ómnibus. Las conclusiones son las siguientes:

- Tan propietario eres de las acciones en cuentas ómnibus como de las acciones en cuentas nominativas. Esto es así porque la propiedad de los títulos no requiere la forma nominativa como condición esencial.

- El broker o banco quebrado no es propietario de los títulos depositados en ningún país de Europa occidental, USA, Canadá, Australia, Japón e Israel.

- Si tu banco o el broker de tu banco quiebran, las acciones de las que seas propietario, depositadas en cualquiera de los dos o en cualquier otro subdepositario, son tuyas.

- Sólo hay que acreditar la propiedad a los administradores de la quiebra, separarlas de la masa de la quiebra y depositarlas en otro banco. Hay casos en que se ha hecho en USA, UK y España.

- El único problema para el accionista consiste en acreditar su propiedad. Es un problema judicial de prueba, no de forma de anotación de valor. La prueba más eficaz es la certificación bancaria de propiedad de acciones. Se la puedes pedir a tu banco o broker. Ha de tener firma (a ser posible entera, no sólo la rúbrica, que luego en los Juzgados se puede negar la autoría y el perito calígrafo se vuelve loco) y sello. Este documento lo necesitarás tanto para cuentas nominativas como para cuentas ómnibus.

- Tras denunciarlo y presentar las pruebas de propiedad, deberás contratar con otro banco o broker el depósito de las acciones que tenías en el broker quebrado. Éste lo informa a los administradores de la quiebra y pasas a tener tus acciones, que nunca has perdido, en el nuevo banco.

- Sólo en caso de fraude o delito entra en juego el FOGAIN o la SEC de turno. Por ejemplo, cuando han prestado o vendido tus acciones. Y eso tanto si las acciones estaban en cuentas nominativas como ómnibus. Si se comete un delito, el tipo de anotación de la cuenta no es un impedimento. Se llama delito de apropiación indebida. La acción es líquida, la ponen en el mercado y la venden. Ningún broker va a preguntar de quién son las acciones. Ese riesgo jurídico es inevitable, todos lo tenemos y para eso están los fondos de garantía. Son ellos los que te abonarán lo que pagaste por las acciones (no el valor actual) hasta los límites legales. Eso sí, lo harán tras el correspondiente procedimiento administrativo en el que vuelves a tener que probar la propiedad de tus acciones.

Conclusiones:

1.- Es indiferente tener cuenta nominativa o cuenta ómnibus.

2.- Opera con un banco sistémico. Reducirás el riesgo de quiebra. Puedes encontrar un listado con facilidad pero algunos ejemplos que tienen una presencia importante en España son: ING, Santander, Citigroup, Deutsche Bank, BNP.

3.- Asegúrate de tener los correspondientes certificados bancarios de propiedad de acciones, y toda la documentación de los extractos mensuales del banco.

4.- Preocúpate más de que no quiebre la empresa de la que eres accionista. Ahí sí que pierdes todo sin remedio alguno.

Un saludo

Dr. Exo


28 comentarios :

  1. Buen Post, Dr. Exo

    Yo siempre leí que las cuentas omnibus no eran tan seguras como las nominativas, al parecer no es tan así.

    Otra cosas que me llevo en limpio es lo de tener un registro, o mejor dicho, los resguardos en papel por si de la noche a la mañana desapareciese el broker junto con su página web. La verdad es que no se muy bien como tengo que hacer, porque a mi no me llegan carg¡tas a mi casa de los movimientos, tengo el broker Naranja de ING

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  2. Hola,entonces q tendriamos q hacer.
    Pedirles q nos manden en papel las compras y ventas q hagamos?
    Gracias

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  3. Hola,

    Yo guardo los resguardos (online) de todas las operaciones y un extracto cada X meses de cada broker, y me he propuesto guardar un extracto de cada broker cada vez que haga un movimiento en él.

    ¿La certificación bancaria de propiedad de acciones qué es? ¿Tiene algún coste?

    Un abrazo,
    Czd

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  4. Hola Rafa,

    Gracias por tu comentario! Lo mejor es pedir periódicamente a ING el "certificado bancario de propiedad de acciones". Tienen que dártelo sin ningún coste.

    Con ello estarás más que cubierto :)

    Un saludo

    Dr. Exo

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  5. Hola Jose,

    Hola Rafa,

    Lo que hay que pedir es el "certificado bancario de propiedad de acciones". Es un documento estándar que ellos conocerán.

    Un saludo

    Dr. Exo

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  6. Hola Czd,

    Gracias por pasarte por mi blog, sigo el tuyo y he de felicitarte por tus posts, son de mucha ayuda.

    Lo que haces es una buena práctica, yo también lo hago. No obstante, cuando hablé con varios abogados todos coincidieron en que esa documentación es un extra que no está mal pero sin el certificado bancario de propiedad de acciones no eran de mucha utilidad.

    En principio no debería tener ningún coste y deberían dártelo sin problemas. Con los resguardos y el certificado estarías completamente cubierto.

    Un saludo

    Dr. Exo

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  7. He conseguido descargar desde ING el "Certificado de operaciones", supongo que no es el mismo, ¿verdad?.
    En este se ven todas las compras y las ventas que hice desde que abri la cuenta de valores

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  8. Hola Rafa,

    Los que se pueden descargar en ING son:
    - Titularidad de la cuenta de valores
    - Saldo de la cuenta de valores
    - Operaciones para unas fechas determinadas

    Los 3 son útiles guardarlos pero ninguno de ellos es el que comento en el post. La certificación bancaria de propiedad de acciones, en ING lo llaman "Certificado de posición". En la web no lo podemos pedir, hay que llamar para pedirlo y te lo mandan por carta física a casa gratuitamente.

    Ese es el documento clave donde viene la información que necesitamos, es el documento legal que nos acredita como propietarios de las acciones.

    Un saludo

    Dr. Exo

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  9. Pues voy a pedirlo detrás de cada compra importante o al menos una vez al año. No sea cosa que un día la web de ING no vaya y me quede en cero.

    En ese certificado que figura exactamente?, imagino que mas la cantidad de acciones de cada empresa que los importes pagados o la cotización actual, ¿verdad?.

    Este documento me recuerda a los viejos tiempos, cuando cuando comprabas acciones en el banco te daban un título en papel por las acciones compradas

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  10. Acabo de pedirlo por teléfono, me dicen que me llegará la semana próxima a casa.

    Muchas gracias por el dato DR: Exo

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  11. Hola Rafa,

    Esa es la idea, es el documento que sustituye a los títulos de papel que te acreditaban antes como titular. Creo recordar que viene el titular, nombre de las acciones y número de acciones con sello y firma del banco.

    Un saludo

    Dr. Exo

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  12. Muchas gracias, muy útil el articulo.
    Pregunté, por el certificado, en mi banco (Self Bank),y tiene un coste de algo más de 15€.
    Un saludo

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  13. Hola Francisco,

    Vaya... es bueno saberlo... En ING es gratuito.

    Dr. Exo

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  14. Muy buen aporte Dr.Exo, comentar también que cada broker esta cubierto hasta cierta cantidad, por ejemplo Degiro son 20000€ que es donde estoy ahora, pero lo que no dicen es la segunda parte contratante que tu si comentas(certificado de titularidad de acciones). Voy a preguntar en Degiro y ya os comentare algo.

    Mas adelante abrire una cuenta con GPM profesional broker, donde garantizan hasta 500.000$ por cuenta, donde tendre la mayor parte de los valores para largo plazo

    Un saludo y gracias por el blog

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  15. Hola Antón,

    Efectivamente, en caso de mala fe o delito hay un fondo que te cubre en función del país del broker, pero hablamos de casos extremos. Por eso recomiendo brokers de bancos sistémicos mundiales.

    Un saludo

    Dr. Exo

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  16. Esto que pones en el artículo me suena haberlo leído en algún post de rankia. ¿margrave podría ser?

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  17. Hola Wam626,

    Gracias por tu comentario. No lo conozco pero me alegro de que mis conclusiones sean similares a las de otras personas :)

    Espero que sirva de ayuda!

    Dr. Exo

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  18. Hola, Ing es sistemico pero si renta 4 comete el fraude q pasa?
    Gracias
    Un saludo

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  19. Hola AlecS,

    En ese caso, habría que denunciar y acreditar la propiedad de las acciones tal como comento en el post.

    Dr. Exo

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  20. gracias,
    si pero en ese caso solo nos cubrirían 20.000€ con lo cual no me quedaría muy tranquilo si mi cartera es mas grande.
    de igual modo con los valores usa que los tienen con citibank..., es mi actual broker y no se contratar cliktrade para valores USA, pero aun así a pesar de que cliktrade esta adherido al fogain no me inspira mucha confianza, que opinas?
    un saludo

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  21. Hola Alecs,

    Esa cobertura es ante delito del broker. Aunque quebrase no tendrías problema. Eso sí, ante fraude te cubriría 20.000€ pero sería un escándalo brutal.

    Dr. Exo

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  22. Hola Dr. Exo. Muy buen post y de gran ayuda para los más novatos.

    Ahora que han cambiado las condiciones de ING, ¿continuas confiando en ellos?. Sabemos que lo mejor es diversificar, tanto en tipo de acciones como de brokers, pero 20.000€ me parece poca garantía para las cantidades que manejamos en nuestra estrategia de inversión. Nos obligaría a tener multitud de brokers.

    Un saludo

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  23. Hola Dr. COT,

    Con todo el revuelo que se está montando leí un post muy interesante que copiaba el texto de la Ley de mercados y valores, que es la que regula este tema.

    Yendo al "Artículo 15. Traslado de valores y regla de la prorrata." podemos ver que nuestras acciones están separadas por ley del balance del broker y que podemos pedir que las trasladen a otro broker en caso de quiebra. Además, si el broker no tuviera suficientes acciones para cubrir las nuestras (porque haya cometido algún fraude) pasamos a ser acreedores del broker por lo que seríamos los primeros en cobrar.

    Resumiendo, estamos muy bien protegidos ante cualquier problema que pueda surgir y no recomiendo diversificar en brokers :)

    Un saludo

    Dr. Exo

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  24. Muchas gracias. Tu respuesta me deja más tranquilo. 😅

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  25. Hola Dr. Exo.

    Llevo leyendo tus entradas en el blog un tiempo. Yo casi estoy convencido de tu estrategia y hoy por hoy la seguiría. Falta que "la jefa" también está convencida. Eso llevará más tiempo.
    Me gustaría preguntarte varias cosas y como una de ellas es a cerca del bróker, he pensado hacerlo aquí. Espero que no esté fuera de lugar la consulta.

    1) Un amigo me recomendó leer tu blog hace tiempo. Él sigue tu estrategia (más o menos). Cuando decidió que bróker usar se decantó por Degiro, por el precio. ¿Qué ventajas tiene, para ti, el bróker Naranja frente al de mi amigo? O mejor ¿Por qué el Naranja y no otro?

    2) He constatado el entusiasmo que pones en tus posts cuando hablas de una nueva compra. Una me resultó realmente chocante. La compra de Nike. Creo recordar que compraste por valor de 1500€ y el dividendo esperado era de 15€/año más o menos, no recuerdo exactamente. Cuando leí eso pensé, no voy a convencer a mi mujer con estos argumentos. Ella me diría "¿nos vamos a privar de ese dinero por 15 míseros€/año?". ¿Cómo debería enfocar el tema para convencerla/me totalmente?

    3) ¿Por qué no inviertes en otros mercados? Al parecer tu cartera está compuesta de valores de EEUU y España. No son atractivos otros mercados como el europeo o asiático?

    4) Leyendo de otras fuentes he observado otra tendencia que dice que las acciones no tienen que entrar en la cartera y quedarse para siempre. Puedes vender unos valores que no estén funcionando (reportando dividendos) y cambiarlo por otros. ¿ Tú eres partidario de esa tendencia? Si con esa venta, además, tienes un beneficio porque las acciones han subido de precio ¿no estaría doblemente justificada esa venta?

    Tengo algunas cuestión más pero tampoco es cuestión de abusar. Las iré dosificando.

    Gracias por tu post y todo este trabajo desinteresado.

    Un saludo

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    1. Hola Carborg1,

      Perdona pero no sé muy bien porque razón este comentario se fue directo a spam y acabo de verlo!

      1) la clave es escoger un broker de un banco sistémico que además no cobre comisiones de custodia, cobro de dividendos, asistencia a juntas, etc. Si te cobran más o menos pero solo te cobran por comprar/vender es un broker perfecto para esta estrategia.

      2) Hablando del largo plazo. Siempre pongo un ejemplo: invirtiendo 130€ al mes durante 30 años, conseguirás una renta de 1.000€/mes netos deflactados. Si 1.000€ no le impactan multiplica por lo que quieras la cantidad de ahorro mensual y la renta, en: 390€ de inversión mensual durante 30 años para conseguir 3.000€ de renta.

      3) Sí, pero sigo una máxima. Sólo invito en lo que conozco muy bien.

      4) No. Eso es otra estrategia, muy respetable y rentable pero que exige mucho más conocimiento e integra un componente de azar muy elevado.

      Muchas gracias por seguir el blog!

      Dr. Exo

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  26. Que procedimiento recomienda para obtener la rentabilidad a 30 años que menciona anteriomente.

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